MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL
PRESENTACION
Las presentes
Normas de Convivencia Social, son una estrategia pedagógica para armonizar los
procesos y procedimientos disciplinarios acorde con la filosofía institucional.
Contienen
objetivos, misión, visión, perfiles, filosofía institucional, criterios de matrícula, derechos, deberes, estímulos y una
observancia del debido proceso con acciones correctivas y sanciones
disciplinarias.
Se establecen los
procedimientos normativos según lo contempla
el Artículo 87 de la Ley 115 o Ley General de Educación, ley 1098 de
2006 (código de la infancia y la adolescencia), en los cuales se definen los
derechos y las obligaciones de los niños, niñas, jóvenes y padres y/o acudientes al firmar la matrícula
correspondiente en representación de sus hijos.
Estas Normas de
Convivencia Social, son el reflejo de la concertación y el conjunto de acuerdos
que permiten conciliar, mediar y arbitrar toda actuación antes de proceder a
una sanción donde en todo caso primará el carácter formativo.
Este documento fue
fruto de la participación y aprobación de todos los entes de la Comunidad
Educativa.
Esp.DAVID CANGREJO
JAVELA
Rector.
PREÁMBULO
La Comunidad de
la Institución Educativa Roberto Suaza Marquínez de El Hobo Huila, en ejercicio
de la democracia, respetando el marco jurídico de Colombia, la ley de la
infancia y la adolescencia y con el
propósito de hacer de nuestra Institución un lugar propicio para el desarrollo
armónico e integral, acuerda y opta por el presente Reglamento o Normas de
Convivencia Social.
Este conjunto de acuerdos, tiene como fundamento
primordial, acompañarnos en un proceso permanente de crecimiento y desarrollo
humano, para el convivir cotidiano y la búsqueda de la transformación de las
actuales condiciones de vida.
Definimos las
presentes normas de convivencia, como un recurso pedagógico, para retomar
valores que permitan el alcance de los fines de la educación, de acuerdo a las
necesidades de la Comunidad Educativa.
La realización de estas Normas de Convivencia
es un proceso constante de enriquecimiento mediante la praxis diaria (Proyecto
de Orientación Escolar), que nos exigirá una dinámica de reflexión sobre la
experiencia de cada uno de los
estamentos educativos.
Esp. DAVID
CANGREJO JAVELA.
Rector.
ACUERDO O RESOLUCION DE LA APROBACION DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
RESUELVE
ARTICULO 1
MODIFICACION.
Modificar y complementar algunos apartes del manual de
convivencia social establecido por acuerdo.
N° 04 y debido a la implementación de la ley de la infancia y
adolescencia, el cual queda así:
- TITULO I
IDENTIDAD INSTITUCIONAL
CAPITULO I
ASPECTOS GENERALES
Articulo 1. IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL
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Municipio:
Departamento:
Dirección:
Teléfono:
Nit:
DANE:
Código
ICFES:
Carácter:
Jornada:
Horario:
Modalidad:
Núcleo
Educativo:
Decretos
de Oficialización como Institución:
Reconocimiento
Calendario:
Niveles:
|
Institución
Educativa “Roberto Suaza Marquínez”
El
Hobo
Huila
Carrera
2 entre calles 5 y 6.
838 40
94
891.103.081-2
141349000108
039057
Mixto
Diurna
única
Urbano:
Preescolar: Sede Jacinto Ramos
García: 7:30 a.m.– 12:00 m.
Primaria: Sede
La Esperanza:
Sede
Jacinto Ramos García 7:00 a.m.– 12:30
p.m.
.
Secundaria: Sede Colegio 6.45:00 a.m-1:15 p.m.
Rural: Primaria: Sede Aguafría
Sede El
Batán 8:00 a.m. – 11:30 a.m.
Sede
El Estoracal 12:30 p.m.
– 2:30 p.m.
Sede Las
Vueltas
Académica.
No.
30
No.
1183 de octubre 15 del 2002
No.
1437 de diciembre 17 del 2004
Oficial
No. 1965 de Mayo 13 de 2011
A
Preescolar,
Básica y Media Académica.
|
Articulo 2. RESEÑA HISTORICA
El
término “HOBO” es un vocablo indígena que proviene de “JOBO”, nombre de un famoso
árbol que abundaba en la región y cuyo fruto aromático y dulce es parecido a la
ciruela; pertenece a la familia de las anacardiáceas que crecen en las riveras
de las quebradas y lugares húmedos. Aún
quedan pocos árboles de Jobo en las quebradas La Mojarra y El Hobito.
Según
relatos de generaciones anteriores, fuentes bibliográficas el Libertador Simón
Bolívar en los desplazamientos hacía el sur del país, descansaba bajo la sombra
de un frondoso jobo y preguntó sobre el nombre del caserío donde se encontraba,
le contestaron que se llamaba Jobo y que este nombre provenía del árbol del
cual estaba recibiendo su sombra.
El
libertador grabó el nombre en la corteza del árbol, pero no con la j sino con
la h y de allí surgió este nombre HOBO.
El sitio exacto donde reposó el Libertador en su paso por el Hobo fue en
la hacienda el Ancón, de propiedad de la familia Gutiérrez, hoy ubicada en
predios del municipio de Gigante. En la
casa de la hacienda el Ancón se encuentra una placa que dice: “En esta casa pernoctó
el Libertador Simón Bolívar diciembre 21 de 1821 – noviembre 4 de 1826”.
El
Municipio del Hobo ha tenido dos fundaciones; la historia del territorio
municipal reconoce su concepción sobre el siglo XVI a través de la aparición de
un caserío de padres franciscanos conocido como San Juan Bautista de Hobo
atendiendo a la nación indígena Páez. Su
primera fundación data de 1656 por Fray Bernardino de Lira y desde 1805 se
trasladó al lugar que hoy ocupa.
El
26 de noviembre de 1663 don Diego de Ospina y Maldonado, gobernador de Neiva le
señaló resguardo al pueblo de San Juan Bautista del Hobo, ubicado a pocos
metros de la margen izquierda de la quebrada El Hobo, al Nor-Oriente del lugar
que actualmente ocupa aproximadamente a dos kilómetros, y que se conoce con el
nombre de “PUEBLO VIEJO” o “POTRERITO”.
Articulo 3. ADOPCION
Adoptar el Manual de
convivencia de la INSTITUCION
EDUCATIVA ROBERTO SUAZA MARQUINEZ como medio para consolidar la convivencia, la igualdad, la justicia y el
acceso al conocimiento en un
ambiente democrático y participativo.
Articulo 4. DEFINICION
Este documento, es producto de
la concertación entre todos los miembros de la comunidad educativa, el cual
establece los modos u orientaciones para
facilitar el desarrollo de actividades y las relaciones entre las personas que interactúan en la
Institución Educativa. Explica el orden jerárquico del gobierno escolar, las
líneas de autoridad, los canales de comunicación, los derechos, funciones, deberes y compromisos de los diferentes estamentos de la comunidad educativa,
para asegurar el logro de los objetivos y el perfil del estudiante, dentro de
un ambiente de armonía y de la formación integral del estudiante, conforme a la
Constitución política de Colombia, la ley general de educación y la ley de la infancia y de la adolescencia.
Articulo 5. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
1.
Proveer a la comunidad educativa de la institución
Roberto Suaza Marquínez de un Manual de
Convivencia, que permita conocer la filosofía institucional, visión, misión,
criterios y procedimientos para una sana
convivencia, orientado a la formación integral, sentido de pertenencia y
fortalecimiento de la imagen de la institución.
2.
Determinar criterios y procedimientos
para la organización, dirección, ejecución, control y evaluación de las
actividades relacionadas con la
formación integral de los estudiantes.
3.
Establecer los derechos y deberes,
compromisos correctivos, procesos formativos y estímulos de los estudiantes, de
acuerdo con las normas establecidas en la Carta Política de Colombia, Código
del Menor, ley de la infancia y los
derechos del Niño.
Determinar pautas
de comportamiento para la convivencia social y establecer criterios de
prevención y/o corrección a tener en cuenta.
CAPITULO II
Articulo 6. MISIÓN
La Institución Educativa
Roberto Suaza Marquínez, es una organización de carácter oficial , abierta a la
investigación, al estudio y uso de las TICs, al
aprendizaje significativo, inclusiva e innovadora, que implementa nuevos
proyectos y programas establecidos por el Ministerio de Educación Nacional (A CRECER, PROGRAMA DE ATENCIÓN A
JÓVENES Y ADULTOS, SER, modelo CIDEP, POST-PRIMARIA, ICDP, ESCUELA NUEVA) a
niños, niñas, jóvenes y adultos; buscando una sana formación y escolarización integral
del ciudadano hobeño, (Derechos Humanos y Constitución Política).
Reconociendo que la
educación es el instrumento y medio mas idóneo para darle a cada persona igual
oportunidad de progresar y encaminarse hacia una vida saludable y de óptima
calidad.
Articulo 7. VISIÓN
Hacia
el 2020 la Institución Educativa Roberto Suaza Marquínez propenderá por
constituirse en la mejor institución de la región, en formación humana integral
con estilos de vida saludables, la educación para el trabajo, la inclusión educativa;
con docentes especializados en la diferentes áreas, con personal administrativo
profesional que ofrezca un alto nivel académico y cultural con especialidad en
el área de tecnología de punta, con plantas físicas suficientes, adecuadas y
agradables para toda la comunidad hobeña y así formar estudiantes desde el
nivel preescolar hasta el grado once; competentes, creativos que encuentren y
propongan soluciones a los problemas de la cotidianidad y asuman su proyecto de
vida con responsabilidad.
La Institución
Educativa Roberto Suaza Marquínez, es una organización de carácter oficial,
abierta a la investigación, al estudio y uso de las TICs, al aprendizaje significativo, inclusiva e
innovadora que implementa nuevos proyectos y programas establecidos por el
Ministerio de Educación Nacional (CAFAM,
SER, modelo CIDEP, POSPRIMARIA, ICDP) a niños, niñas, jóvenes y adultos;
buscando una sana formación y escolarización integral del ciudadano hobeño
(Derechos Humanos y Constitución Política). Reconociendo que la educación es el
instrumento y medio más idóneo para darle a cada persona igual oportunidad de
progresar y encaminarse hacia una vida saludable y de óptima calidad.
Articulo 8. FILOSOFIA INSTITUCIONAL
La Institución Educativa Roberto Suaza
Marquínez desarrolla su labor educativa a partir de la consideración del
estudiante como un ser individual e irrepetible con expectativas, pero también
como futuro agente responsable del desarrollo de su comunidad.
En este sentido, se pretende formar
personas con habilidades básicas para la
abstracción, competencia crítica, el sentido común, la resolución de
conflictos; con capacidades que incluyan la colaboración, la confianza, la
perseverancia, la atención y el trabajo en equipo, fomentando los valores de
libertad, participación, independencia y autonomía; además de la lúdica como
medio de aprendizaje. De la misma forma inducir al estudiante a ser
protagonista de su propio proyecto de vida a partir de la transformación de sí
mismo, de la potenciación de sus fortalezas y con estilos de vida saludable.
La filosofía Institucional apunta hacia
el desarrollo equilibrado de los
ámbitos, las dimensiones del ser humano
dentro de una sociedad, mediante el conocimiento, respeto y la vivencia de los
valores fundamentales: la vida, la libertad, la ética, la comunicación, la
justicia, la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo;
teniendo en cuenta la perspectiva de genero entendida como el reconocimiento de
las diferencias sociales biológicas y
sicológicas en las relaciones de las personas según el sexo, la edad y la etnia para alcanzar la equidad(art 12 ley
1098 de 2006).
Articulo 9. FUNDAMENTOS.
Para lograr la formación
y desarrollo de personas generadoras
de cambio se tendrán en cuenta los siguientes fundamentos.
ü
SOCIOLOGICOS.
Orientados a la búsqueda y
construcción de la convivencia en la
comunidad educativa para lo cual se desarrollara vivencialmente la justicia , la democracia ,
la autonomía, la conciencia social y del medio ambiente , el compromiso con los
valores, derechos humanos, derecho
internacional humanitario, el pluralismo, el consenso, la concertación, la
negociación de conflictos y el respeto a
la diferencia.
ü
SICOLOGICO.
Tendientes a posibilitar el desarrollo
humano desde las dimensiones socio afectiva, volitiva, sicomotora y
cognitiva a partir de la singularidad,
la autonomía, la apertura de las inteligencias múltiples la trascendencia de
todo ser humano en beneficio de la formación integral del estudiante
ü
AXIOLOGICO
Encaminados a fortalecer los valores de
desarrollo en la familia, generar otros en la cotidianidad institucional que le
permita a los estudiantes mejorar la calidad de convivencia en los diferentes
escenarios donde le corresponda actuar, desarrollar acciones dentro de la
justicia, la solidaridad, el respeto, la libertad y en permanente disposición a
comprometerse con actos de paz a nivel familiar, institucional, local, regional
y nacional.
ü
EPISTEMOLOGICO.
Enfocados a determinar el papel del estudiante frente al conocimiento, el cual puede tener
acceso de manera interdisciplinaria, mediante el descubrimiento, la construcción,
la comprensión, la investigación, los diferentes técnicas cognitivas, con la
orientación, explicación y asesoría del docente.
ü
PEDAGOGICOS.
Se sustenta en el aprendizaje como proceso personal, individual y social que avanza progresivamente de acuerdo a las
motivaciones, intereses y expectativas del estudiante, como respuesta a la
intencionalidad institucional de aprender a pensar, aprender a aprender,
aprender a hacer, aprender a ser y aprender a interactuar reconociendo las
diferencias individuales, los ritmos de aprendizaje y fortaleciendo las
relaciones teórico practicas.
Articulo 10. PRINCIPIOS Y VALORES
Aprender a ser:
ü
Aprender a conocer. Propiciar en cada persona el aprender
a conocer el mundo que lo rodea, para vivir con dignidad, desarrollar sus capacidades y comunicarse con los demás.
Comprender
Conocer
Descubrir
ü
Aprender
a hacer. Para influir sobre el propio
entorno, es adaptar la enseñanza al
futuro campo de trabajo, privilegiar la
competencia personal, técnica y
profesional en los diferentes aspectos
del aprendizaje.
ü
Creatividad
ü
Trabajo
ü
Identidad
ü pertenencia
La Institución Educativa Roberto Suaza
Marquínez esta fundamentada en la práctica de los principios de:
SINGULARIDAD
Principio que permite reconocer al
hombre como ser único, irrepetible, creador de su propio proyecto de vida,
capaz de reconocerse en sus valores y limitaciones y de valorar en el otro esa
misma individualidad.(INCLUSIÓN EDUCATIVA).
AUTONOMIA
Capacidad que tiene el hombre para
pensar, decidir y actuar por si mismo, dentro del respeto mutuo asumiendo
responsablemente las consecuencias de sus actos.
CONVIVENCIA
Es un proceso en construcción,
orientado a cuidar y desarrollar la vida en paz y armonía consigo mismo, con los demás y con el entorno
y a valorar el saber racional.
CREATIVIDAD
Es la capacidad del hombre para
innovar, inventar, reinventar y producir nuevas ideas para dar soluciones
únicas y originales a los problemas que se le presenten en su cotidianidad.
Articulo 11. PERFIL INSTITUCIONAL
- La Institución Educativa Roberto Suaza Marquínez, debe responder a las exigencias de los cambios sociales, culturales, empresariales, laborales, profesionales y científicos, que se están dando a nivel global, con participación activa en los nuevos procesos pedagógicos, sin dejar a un lado el desarrollo integral del ser humano.
- Deberá propiciar una relación que brinde un ambiente armonioso de respeto, tolerancia y comprensión para posibilitar el acercamiento a la convivencia, a la paz, al conocimiento, desempeño y mejoramiento de la calidad de vida en su entorno socio-cultural.
- Parte de una visión real en el aspecto geográfico, histórico, educativo, laboral, empresarial, económico y socio-cultural para proyectarse hacia la posibilidad futurista de transformación, mejoramiento y progreso. La Institución visualiza la educación como un proceso integro, dinámico, dialéctico y permanente reconstructivo, que posibilita el enriquecimiento multidimensional, permitiendo de esta manera el intercambio cultural entre todos los miembros de la comunidad educativa y la comunidad en general.
Articulo 12. PERFIL DEL ESTUDIANTE
PERFIL
DEL NIÑO Y/O NIÑA DE GRADO PREESCOLAR.
- El proceso de formación integral contemplado en la filosofía Institucional desarrollado y ejecutado en la práctica pedagógica, busca formar un estudiante:
- Alegre y dinámico.
- Respetuoso.
- Solidario con sus compañeros.
- Amoroso.
- Creativo
- Amante de la naturaleza.
PERFIL DE
ESTUDIANTES DE BASICA PRIMARIA, MEDIA Y SECUNDARIA
1. Amante y
respetuoso de la vida y todas sus manifestaciones;
2. Creativo frente a
la construcción personal y académica del conocimiento con capacidad para
reflexionar, comprender su realidad personal, familiar y comunitaria que promueva soluciones a la problemática de su medio.
3. Amoroso,
espiritual, solidario, respetuoso con sentido de pertenencia, tolerante que
propenda siempre por la riqueza cultural.
4. Amante de la
alegría constante en el verdadero sentido de la responsabilidad y la libertad.
5. Finalmente un
estudiante que promueva la autodisciplina y autoformación permanente que logre
un nivel de excelencia que corresponda a su etapa de desarrollo, para tener
mejor compromiso, liderazgo, organización económica; un estudiante capaz de
defender y respetar los valores propios, de sus semejantes y de la institución.
Articulo 13. PERFIL DEL MAESTRO DE BASICA PRIMARIA, MEDIA SECUNDARIA PROGRAMA CAFAN, SER, ACELERACIÓN DEL APRENDIZAJE Y DEL DIRECTIVO- DOCENTE
- El perfil del docente y del directivo de la institución Educativa Hobeña, debe responder a las exigencias de los cambios socio-culturales y tecnológicos que se dan continuamente en el mundo actual, con su participación activa y crítica acorde a las competencias laborales generales, los ámbitos y dimensiones del ser humano.
- El maestro debe propiciar el acercamiento al estudiante. El conocimiento debe ser posibilitado de estrategias metodológicas (investigación, pedagogía activa- participativa, modelo CIDEP, Escuela Nueva, etc.) para que el estudiante logre un nivel de excelencia acorde a su etapa de desarrollo, eficiencia en su entorno socio-cultural y tecnológico.
- Finalmente el directivo y docente debe estar dispuesto y consagrado a cumplir la filosofía y los objetivos institucionales en busca de formar al estudiante que queremos. Ser una persona con valores morales y éticos abierta al diálogo, a la crítica constructiva, emprendedora, líder, innovador, creativo que promueva la investigación y la formación integral del estudiante,
Articulo 14. PERFIL DEL MAESTRO DE PREESCOLAR
El maestro o
maestra de preescolar es una persona con
formación en pedagogía, que se capacita y actualiza permanentemente en los avances de la ciencia, la tecnología,
pedagogía, administración, adquiriendo saberes que le facilitan la construcción
y desarrollo de proyectos, la programación y desarrollo de programas de aula y
las acciones propias de su ejercicio.
El maestro(a) debe propiciar el
acercamiento al estudiante. El
conocimiento debe ser posibilitado de estrategias metodológicas (investigación,
pedagogía activa- participativa, modelo CIDEP, Escuela Nueva, etc.) para que el estudiante logre un nivel
de excelencia acorde a su etapa de desarrollo, eficiencia en su entorno
socio-cultural y tecnológico.
Es investigador, innovador, creativo, dinámico, activo, apasionado, alegre, abierto al dialogo,
afectivo, amoroso y modelo de vida.
Comprometido con su
vocación docente, desarrollando en sus
estudiantes la creatividad, el
interés por aprender, velando por el bienestar
y desarrollo integral del niño y
la niña.
El maestro o maestra de
preescolar conoce y vive el proyecto educativo Institucional, se actualiza en
el conocimiento de las normas que sustentan la acción educativa, posee
competencias comunicativas que facilitan el trabajo en equipo y es un
facilitador de las relaciones interpersonales.
Con alto sentido de pertenencia, receptividad, comprensión, organización,
colaboración, apertura al cambio que le permiten ser efectivo en su acción de
construcción de conocimiento.
Es generador de
proyectos de investigación en los diferentes campos de la acción
educativa institucional en beneficio de la satisfacción de las
necesidades del contexto institucional.
El maestro o maestro(a)
de preescolar conoce e interpreta su
contexto y desarrolla proyectos para
facilitar las relaciones interpersonales, la inclusión y la participación de la
comunidad en los procesos institucionales.
Es, acertivo, afectivo,
humanitario, sabe escuchar, es honesto, transparente, sociable, sencillo,
conciliador, tiene capacidad de convocatoria es un LÍDER que proyecta la acción de la
institución en la comunidad.
Responde oportunamente a los requerimientos de la
comunidad dirigidos a la solución de problemas y la satisfacción de las
necesidades de acuerdo a la acción institucional.
CAPÍTULO III
GOBIERNO ESCOLAR Y ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL
Articulo 15. COMUNIDAD EDUCATIVA: (Artículo 6 Ley
115 de 1994) de acuerdo con el Artículo 68 de la Constitución Nacional, la
Comunidad Educativa participará en la dirección de los establecimientos
educativos, en los términos de la presente Ley.
La Comunidad Educativa
está conformada por estudiantes o educandos, maestro(a) es, padres de familia o
acudientes de los estudiantes, egresados, directivos docentes y
administradores escolares. Todos ellos,
según su competencia, participarán en el diseño, ejecución y evaluación del
Proyecto Educativo Institucional y la buena marcha del respectivo
establecimiento educativo.
Articulo 16. ÓRGANOS DEL GOBIERNO
ESCOLAR: el
Gobierno Escolar de la Institución Educativa Roberto Suaza Marquínez está constituido por los siguientes órganos:
1.
El
Consejo Directivo: como instancia directiva, de participación de la comunidad
educativa y de orientación académica y
administrativa de la institución.
2.
EL
Consejo Académico: como instancia superior para participar en la orientación
pedagógica de la institución.
3.
El
Rector(a): como representante de la institución ante las autoridades
educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.
Los
representantes en los órganos colegiados serán elegidos para periodos anuales,
pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia se elegirá su reemplazo
para el resto del periodo.
Articulo 17. INTEGRACIÓN
DEL CONSEJO DIRECTIVO: el
Consejo Directivo de los establecimientos educativos estatales estará integrado por:
Ø
Rector(a),
quien
lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente
cuando lo considere conveniente.
Ø
Dos
representantes del personal docente, elegidos por mayoría de votantes en
asamblea de docentes.
Ø
Dos
representantes de los padres de familia, elegidos por el Consejo de Padres y la
Asociación de Padres de Familia.
Ø
Un
representante de los estudiantes, elegido por el Consejo Estudiantil, entre los
alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la Institución.
Ø
Un
representante de los egresados, elegido por el Consejo Directivo, de
ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o
en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.
Ø
Un
representante de los sectores productivos, elegido por el
Consejo Directivo de candidatos propuestos.
PARÁGRAFO 1º.
Los
administrativos escolares podrán
participar en las deliberaciones del Consejo Directivo con voz pero sin voto,
cuando éste les formule invitación, a
solicitud de cualquiera de sus miembros.
PARÁGRAFO
2º:
Dentro
de los primeros sesenta días calendario siguientes al de la iniciación de
clases de cada periodo lectivo anual,
deberá quedar integrado el Consejo
Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Con tal fin el rector(a)
convocará con la debida anticipación a los diferentes estamentos para efectuar
las elecciones correspondientes.
Articulo 18. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO.
El Consejo
Directivo es la máxima autoridad de la Institución Educativa y tiene las
siguientes funciones:
a.
Tomar las decisiones que
afecten el funcionamiento de la Institución Educativa, excepto las que sean
competencia de otra autoridad. Tales como las reservas a la dirección administrativa, en los casos de los
establecimientos privados.
b.
Servir de instancia para resolver los
conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los
estudiantes de la Institución Educativa y después de haber agotado los
procedimientos previstos en el reglamento o Manual de Convivencia.
c.
Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento de la Institución.
d.
Asumir la defensa y garantía de los
derechos de toda la Comunidad Educativa, cuando algunos de sus miembros se
sienta lesionado.
e.
Aprobar el plan anual de actualización
académica del personal docente presentado por el rector(a)
f.
Participar en la planeación y
evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del Currículos y del Plan de Estudios y someterlo a la
consideración de la Secretaria de Educación respectiva o del organismo que haga
sus veces, para que verifique el
cumplimiento de los requisitos en la ley y los reglamentos.
g.
Estimular y controla el buen funcionamiento de la Institución
Educativa.
h.
Establecer estímulos y sanciones para
el buen desempeño académico y social del alumno que ha de incorporarse al reglamento o Manual de Convivencia. En
ningún caso puede ser contrario a la
dignidad del estudiante.
i.
Participar en la evaluación anual Institucional.
j.
Recomendar criterios de participación
de la Institución en actividades comunitarias, culturales, recreativas y deportivas.
k.
Establecer el procedimiento para el uso
de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales,
recreativas, deportivas y sociales de la respectiva Comunidad Educativa.
l.
Promover las relaciones de tipo
académico, deportivo y cultural con otra
Instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
m.
Fomentar la conformación de
Asociaciones de padres de Familia y de estudiantes.
n.
Aprobar el presupuesto de ingresos y
gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente
autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los
alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de textos y similares, y
o.
Darse su propio reglamento.
Artículo 19. CONSEJO ACADÉMICO.
Está integrado por el Rector(a) quien lo preside,
los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de
estudios.
Cumplirá las siguientes
funciones:
a.
Servir de órgano consultor del Consejo
Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
b.
Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las
modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Decreto.
c.
Organizar el Plan de Estudios y
orientar su ejecución.
d.
Participar en la Evaluación
Institucional anual.
e.
Integrar el Consejo de Docentes para la
evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción,
asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
f.
Recibir, analizar y decidir en última
instancia las solicitudes sobre evaluación.
g.
Recibir,
analizar y decidir las solicitudes de los alumnos o padres de familia sobre lo
académico.
h.
Las demás funciones afines o
complementarias con las anteriores que
le atribuya el Proyecto Educativo
Institucional.
Artículo 20. FUNCIONES DEL RECTOR(A).
Le corresponde al
Rector(a) de la Institución Educativa:
a.
Orientar la ejecución del
Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.
b.
Velar por el cumplimiento de la
funciones de los docentes y oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
c.
Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la
educación en la Institución.
d.
Mantener activas las relaciones con las
autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la Institución y con la
comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el
mejoramiento de la vida comunitaria.
e.
Establecer canales de comunicación
entre los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa.
f.
Orientar el proceso educativo con la
asistencia del Consejo Académico.
g.
Ejercer las funciones disciplinarias
que le atribuya la Ley, los reglamentos y el Manual de Convivencia.
h.
Identificar las nuevas tendencias,
aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del
Proyecto educativo Institucional.
i.
Promover actividades de beneficio
social que vincule a la Institución con la comunidad local.
j.
Aplicar las disposiciones que se
expidan por parte del estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo, y
k.
Las demás funciones afines o
complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo
Institucional.
Artículo 21.
DIRECTIVOS DOCENTES. La Institución
Educativa Roberto Suaza Marquínez de El Hobo Huila cuenta con un(a)
rector(a), tres (3) coordinadores, a ellos les corresponde la
administración académica y de convivencia
de la Institución.
Todas las
instituciones educativas de acuerdo con su Proyecto Educativo
Institucional, podrán crear medios
administrativos adecuados para el ejercicio coordinado de las siguientes
funciones:
a.
Promover acciones de mejoramiento que
respondan a las necesidades y situaciones identificadas en la Evaluación
Institucional.
b.
Orientar el Consejo Académico.
c.
Colaborar con el rector(a) en la
orientación y ejecución del PEI.
d.
Dirigir la planeación y programación
académica de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares, siendo
facilitadores para el desarrollo de procesos pedagógicos y de investigación
acordes con la misión y visión Institucional.
e.
Coordinar la gestión académica con los
docentes.
f.
Establecer canales de comunicación con
los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa.
g.
Apoyar las determinaciones tomadas por
el Consejo Académico.
h.
Liderar y supervisar la ejecución y
evaluación de actividades académicas y acciones concernientes a la convivencia
Institucional.
i.
Dirigir la evaluación de comportamiento
y rendimiento académico y adelantar acciones para disminuir la deserción
escolar.
j.
Orientar y dirigir a los docentes de
acompañamiento de convivencia.
k.
Promover y mantener buenas
relaciones con los miembros de la
Comunidad educativa.
l.
Velar por la asistencia regular de
estudiantes.
m.
Rendir informes periódicos del proceso
de mejoramiento académico y disciplinario de los estudiantes.
n.
Revisar de manera permanente las
programaciones generales y velar por su cumplimiento.
Artículo 22º. ORGANISMOS ESTUDIANTILES. El estudiante,
como miembro activo de la comunidad
educativa, tiene derecho a participar en la organización de la institución.
Los organismos de
la Institución educativa son los siguientes:
Ø
Personero
de los Estudiantes. Será
un estudiante del último grado que ofrezca la institución, encargado de promover el ejercicio de los
deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política
las leyes, los reglamentos y las Normas
de Convivencia de la institución.
El personero tendrá
las siguientes funciones:
a.
Promover el cumplimiento de
los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los
medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del
Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
b.
Recibir y evaluar las quejas y reclamos
que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos, y las que formulen cualquier persona de la Comunidad
sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
c.
Presentar ante el Rector(a) o Director
Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición
de las partes que considere necesarias para proteger los derechos de los
estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus
deberes, y
d.
Cuando lo considere necesario,
apelar ante el Consejo Directivo o el
organismo que haga sus veces, las decisiones del Rector(a) respecto a las
peticiones presentadas por su intermedio.
El personero de
los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario siguientes
al de la iniciación de clases de un
período lectivo anual. Para tal efecto el rector(a) convocará a todos los estudiantes matriculados con el
fin de elegirlo por el sistema de
mayoría simple y mediante voto secreto.
El ejercicio del
cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el representante de
los estudiantes ante el Consejo Directivo.
Artículo 23. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA. El Consejo
Directivo de toda institución Educativa, promoverá la constitución de una
Asociación de Padres de Familia para lo cual podrá citar a una asamblea constitutiva, suministrar espacio o ayudas de
secretaría, contribuir en el recaudo de cuotas de sostenimiento o apoyar
iniciativas existentes.
Las funciones
de la Asociación de Padres de
Familia son las establecidas por el Decreto
No 1286 del 27 de abril del 2005. Son
las siguientes:
a.
Apoyar la ejecución del Proyecto
Educativo Institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo.
b.
Promover la construcción de un clima de
confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa.
c.
Promover entre los padres de familia
una cultura de convivencia, solución pacífica de los conflictos y compromiso
con la legalidad.
d.
Facilitar la solución de los problemas
individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al
mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el
artículo 315 del decreto 2737 de 1989.
e.
Promover programas de formación y actualización
de los padres para cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponde.
La Junta Directiva
de la Asociación de Padres existente en el establecimiento, elegirá dos
representantes ante el Consejo Directivo, uno deberá ser miembro de la Junta Directiva y el otro miembro del Consejo de Padres de Familia.
CAPÍTULO IV
DE LA ADMISIÓN Y MATRÍCULA
ARTÍCULO 24. La Admisión: es el
procedimiento mediante el cual se selecciona a quienes pueden matricularse en
la Institución, de acuerdo con las normas vigentes y los requisitos
establecidos por el Consejo Directivo. Estos se fijarán por resolución.
Edades de admisión
Ø
Para los estudiantes de Preescolar la
edad mínima es de cinco (5) años cumplidos o a cumplirlos a 31 de marzo.
Ø
Para los estudiantes que inicien la Básica
Primaria, la edad mínima es de seis (6) años cumplidos o a cumplirlos a 31 de
marzo.
Ø
Para los estudiantes del grado sexto
(6º), la edad máxima es de quince (15) años cumplidos.
ARTÍCULO
25. Matrícula: Es el acto por el
cual el aspirante seleccionado, adquiere
la calidad de estudiante. Al firmar el estudiante el documento de matrícula,
está se constituye en un contrato bilateral entre él, su familia y la
Institución, que formaliza la vinculación del educando al servicio educativo;
se realizará por una sola vez al ingresar el estudiante a la Institución
Educativa, dicha matrícula será acumulativa.
PARÁGRAFO 1º.
Ø
El estudiante se comprometerá a cumplir
con la presentes Normas de Convivencia y de las demás disposiciones
reglamentarias.
Ø
Asumir una actitud responsable,
decorosa, democrática y de convivencia.
Ø
El día de la matrícula los estudiantes
antiguos, deben presentarse a la Institución con el uniforme, los nuevos bien
presentados, con su respectivo padre de familia u acudiente mayor de edad.
Negación de la matricula: no se
concederá la matricula en los siguientes casos:
a.
Cuando el aspirante no acredite los
requisitos exigidos por la Institución.
b.
Cuando se compruebe falsedad en
documentos.
c.
Cuando ha sido excluido de la
Institución, previa decisión del Consejo Directivo.
Impedimento
para ser acudiente
a.
Ser menor de edad.
-El funcionario
que sea acudiente deberá declarar impedido en algunas situaciones debido
a que tendrá que actual como juez fiscal defensor y por consiguiente es contraproducente.
-Las matriculas
efectuadas y que posteriormente se compruebe fraude en los documentos, será
anulada mediante resolución expedida por
la Rectoría.
Requisitos para la matricula.
Para estudiantes de educación preescolar
Para
el ingreso a los grados del nivel de educación preescolar, las instituciones
educativas, oficiales y privadas, únicamente solicitarán copia o fotocopia de
los siguientes documentos:
Ø Registro
civil de nacimiento del educando.
Ø Certificación
de vinculación a un sistema de seguridad social, de conformidad con lo
establecido en la Ley 100 de 1993.
Ø
Haber cumplido cinco (5) años de edad o
cumplirlos a 31 de marzo
Ø
Registro Civil de nacimiento legible y
en buen estado.
Ø
Cancelación de los costos
educativos estipulados por las normas vigentes
y aprobadas por el Consejo Directivo.
Ø
Tres (3) fotos 3x4 cm
recientes de frente con fondo azul
Ø
Carné de vacunas actualizado
Ø
Fotocopia afiliación a salud, régimen
contributivo o subsidiado (EPS _ ARS o SISBEN)
Ø
Fotocopia certificado estratificación o
recibo de servicio público.
Ø
Fotocopia de documento de
identidad del padre de familia o
acudiente.
Ø
Dos carpetas celuguia color azul oscuro con ganchos (sin Marcar)
Ø
Presencia del alumno.
Para estudiantes de educación primaria
Ø
Seis (6) años cumplidos o a cumplirlos a 31 de marzo
Ø
Boletín final de calificaciones
Ø
Certificado de vacunas actualizado
Ø
Tres fotos 3x4 cm. Recientes de frente
con fondo azul
Ø
Registro Civil de Nacimiento en buen
estado
Ø
Paz y salvo año anterior.
Ø
Dos carpetas celugia color azul oscuro con gancho (sin marcar)
Ø
Fotocopia de afiliación a salud ( EPS –
ARS. O SISBEN)
Ø
Fotocopia tarjeta de identidad (mayores
de 7 años)
Ø
Fotocopia certificado de
estratificación o recibo de servicios públicos
Ø
Fotocopia de documento de identidad de
padre de familia o acudiente.
Ø
Examen médico y el RH.
Ø
Presencia del alumno.
Para los estudiantes de secundaria.
Ø
Certificado grado 5º y años cursados (
alumnos nuevos)
Ø
Boletín final de calificaciones
Ø
Tres
( 3) fotos 3x4 cm recientes de
frente con fondo azul.
Ø
Exámenes de laboratorio
(Basiloscopia, serología y RH). Mayores
de 15 años
Ø
Examen médico y RH (menores de 15 años)
Ø
Registro civil de nacimiento legible y
en buen estado
Ø
Fotocopia documento de identidad (
tarjeta de identidad o cédula)
Ø
Dos capetas color azul oscuro con ganchos sin marcar.
Ø
Fotocopia de afiliación a salud
( E.P.S - ARS o SISBEN)
Ø
Fotocopia certificado estratificación o recibo de
servicios públicos
Ø
Fotocopia de documento de identidad del
padre de familia o acudiente.
Ø
Presentar Paz y Salvo del año anterior.
Ø
Certificado de
comportamiento y/o fotocopia
del observador del
alumno (alumnos nuevos)
Ø
Presencia del alumno.
Los niños con
NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES, además de cumplir con los requisitos
antes mencionados, se tendrán en cuenta:
Ø
Diagnóstico clínico. El padre de
familia que no presente este diagnóstico no se le tendrá en cuenta.
Ø
Sólo se integraran niños con limitación
cognitiva leve o moderada, los casos más profundos no son considerados por la
Institución.
Ø
Los niños(as) con otras
limitaciones sensoriales, físicas o
talentos excepcionales podrán integrarse.
Ø
La edad cronológica debe estar
comprendida entre los cinco (5) y
dieciocho (18) años.
Ø
Cumplir con los requisitos exigidos por
la Institución Educativa, teniendo en cuenta los lineamientos del Ministerio de
Educación Nacional.
Ø
El padre de familia se debe comprometer
a atender los requerimientos de los agentes que intervienen en la educación de
sus hijos, mediante la firma de un acta de compromiso.
PARÁGRAFO 1.
Los niños, niñas y
adolecentes en situación de desplazamiento anexará a los documentos requeridos
para la matricula una constancia de desplazado.
PARAGRAFO 2.
No se efectuara
matricula sin el cumplimiento de los anteriores requisitos.
PARÁGRAFO 3.
Los estudiantes
que presenten calificación de comportamiento bajo se recibirán con
matrícula en observación, previa firma de acta de compromiso.
PARÁGRAFO
4.
Los estudiantes provenientes de otras instituciones, que
presenten áreas pendientes se reciben con matrícula en observación, hasta que
legalicen su situación académica, previa firma de acta de compromiso. (SIEE)
PARÁGRAFO 5.
Redactar para casos de desplazados y otros casos especiales
(población vulnerable)
Renovación de
matricula. Estudiantes antiguos son todos aquellos
que cursaron y terminaron el año lectivo inmediatamente anterior en la
institución.
Para renovar
matricula debe presentar los siguientes documentos:
a.
Boletín final de calificaciones
b.
Dos fotos tamaño cédula de frente fondo azul
c.
Carnet de vacunación para menores de
quince años.
d.
Examen de serologia y medico para
mayores de quince (15) años
e.
Fotocopia de afiliación en salud (
E.P.S ARS o SISBEN)
f.
Constancia de pago de costo educativos
y de otros cobros.
g.
Paz y Salvo por todo concepto.
h.
Presencia del alumno.
PARÁGRAFO 1.
Los estudiantes
que no estén amparados por una E.P.S o SISBEN
deben adquirir obligatoriamente el seguro estudiantil.
.
La renovación de la matricula EN OBSERVACIÓN es la que se realiza con los estudiantes que han
sido reincidentes en faltas a las Normas
de Convivencia Social durante el año escolar y se realizara mediante la
firma de un ACTA DE COMPROMISO entre
el Padre de familia, el estudiante y la Institución, acta que será revisada
periódicamente por el Coordinador(a) y/o
por el Director de grupo, para observar sus progresos en los aspectos pactados.
SI FALTARE AL COMPROMISO ADQUIRIDO SU
CASO SE ENVIARA AL CONSEJO DIRECTIVO PARA QUE DECIDA DE ACUERDO AL PRESENTE
MANUAL DE CONVIVENCIA.
MECANISMOS DE RETENCIÓN Y PERMANENCIA.
La Institución
Educativa realizará en el transcurso del
año un seguimiento académico, disciplinario y de Sico orientación; este ultimo
realizado por un psicólogo(a) nombrado
por el Ministerio de Salud y Secretaría
de Educación Departamental, cuyos
resultados se comunicaran periódicamente a los padres de familia para su activa
colaboración en la superación de las deficiencias que se noten. También
realizará visitas domiciliarias si es necesario.
En la
institución educativa se tienen en
cuenta los siguientes aspectos con el ánimo de garantizar la permanencia de los
estudiantes:
a-
Privilegio en los desayunos y
almuerzos escolares.
b-
Visitas domiciliarias
c-
Citación a padres de familia
d-
Colaboración en uniformes
e-
Principio de gratuidad.
ARTÍCULO 26. Descripción de los uniformes de la
institución.
El
decreto 1382 de noviembre 25/2002, por el cual se reglamenta el uso del
uniforme único para los estudiantes de los establecimientos educativos
oficiales del departamento de Huila.
Uniforme Diario Niñas
Jardinera a
cuadros pequeños, en gamas azules y blancas cruzadas con rayas rojas y amarillas,
con un prense chato delantero y uno posterior y tres prenses laterales, el
talle debe ir a la cintura y el largo que cubra la rodilla, con el escudo de la Institución impreso al lado izquierdo de la jardinera, con blusa blanca camisera de dacron algodón,
medias blancas a la rodilla, zapato
negro colegial que se pueda lustrar.
PARÁGRAFO 1.
Accesorios permitidos con el
uniforme. Deben ser pequeños de color blanco o
azul.
Uniforme diario varones
Pantalón azul oscuro, estilo clásico, de dacrón London con correa negra, Camibuso blanco con cuello
y puños de color azul oscuro tejido con dos líneas blancas y el escudo de la
institución impreso al lado izquierdo, el Camibuso va dentro del pantalón, medias azul oscuro, zapato colegial negro,
que se pueda lustrar.
Uniforme de Deportes (Igual para niñas
y varones)
Sudadera de algodón perchado de color verde, lleva dos
cenefas laterales verticales de colores amarillo y blanco con resorte la cual
debe ir a la cintura. Camibuso de color
blanco con cuello y puños de color verde con dos líneas blancas y el escudo de
la institución impreso al lado izquierdo. Zapatos tenis blancos y medias
blancas.
PARÁGRAFO 1.
Accesorios permitidos con el
uniforme. Deben ser pequeños de color blanco o
verde, cachucha mangas largas permitida única y exclusivamente en la clase de
educación física.
Uniforme de gala.
Varones: camisa
manga larga blanca con puño, corbata azul oscura (pantalón
de diario)
Niñas: camisa
manga larga blanca con corbatín de cinta
azul oscura de 1 cm de ancha. (jardinera de diario.
CAPITULO V
DERECHOS, DEBERES, ACCIONES Y ACTITUDES DE INCUMPLIMIENTO Y ESTÍMULOS A ESTUDIANTES
Artículo 27. DERECHOS|
El estudiante matriculado en la
Institución Educativa, gozara además de los derechos consagrados en la
Constitución Nacional, Código de Menor, en los Derechos del Niño y derechos de la juventud y demás disposiciones
vigentes, de los siguientes:
1. Al libre desarrollo de la personalidad, siempre y cuando no este
en contra de lo establecido en las presentes Normas de Convivencia.
2. Recibir un trato digno, humano, y
respetuoso donde no exista maltrato agresión física o sicológica, humillación
discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores.(Art.44
numeral 5 ley 1098) que sea el reflejo de la vivencia de valores por parte de
los estudiantes, docentes y personas vinculadas a la Institución Educativa.
3. Conocer oportunamente los registros que hagan los docentes,
director de grupo y directivos en su ficha del observador con la aprobación y supervisión del
coordinador o director de grupo.
4. Conocer oportunamente los reglamentos
internos de la Institución Educativa y las Normas de Convivencia.
5. Que se conceda permisos para retirarse
o no asistir a la Institución Educativa cuando presente justa causa,
avalada por su acudiente.
6. Ser informado a tiempo sobre las infracciones
o faltas, que haya cometido en relación con las Normas de Convivencia y los
Reglamentos Internos, ser escuchado en sus descargos y recibir información sobre los correctivos
que se le recomienden.
7. Recibir orientación cuando cometa una
falta que infrinja las normas establecidas en las Normas de Convivencia, los
Reglamentos Internos y cualquier norma de comportamiento social.
8. Que se respete su vida, honra y
dignidad y el acceso a las oportunidades de promoción y superación en el campo
cultural, social, artístico y deportivo (Código del Menor articulo 3°)
9. Recibir primeros auxilios en caso de accidente
o enfermedad dentro de la Institución (Código del Menor articulo 4°)
10. Conocer la Filosofía de la Institución
y sus posibilidades.
11. Ser respetado por sus creencias
religiosas, políticas e ideológicas (Código del Menor articulo 11°),
registradas en su matricula.
12. Ser tenido en cuenta en sus diferencias
individuales y en sus limitaciones físicas, mentales y sensoriales (Código del
Menor articulo 12°)
13. Recibir de los docentes todas las
clases de la jornada debidamente preparadas de acuerdo a los lineamientos pedagógicos vigentes.
14. Expresar su opinión libremente y
conocer sus derechos (Código del Menor articulo 20°)
15. Elegir y ser elegido para los cargos
representativos de la Institución Educativa.
16. Conocer oportunamente el programa
académico, la metodología y los criterios de evaluación de cada asignatura.
17. Conocer oportunamente la valoración
conceptual, parcial y final de su comportamiento académico y disciplinario.
18. Recibir de parte de los docentes
asesoría permanente para superar las deficiencias de aprendizaje y de
comportamiento.
19. Ser evaluado formativa y
cualitativamente en el aspecto académico y disciplinario.
20. Participar activamente en todos los
eventos culturales que programe la Institución Educativa.
21. Salir de la Institución Educativa en
horas de clase mediante solicitud escrita del padre de familia o tutor, ante el
organismo competente.
22. Exigir puntualidad a los docentes en
las clases regulares o cuando estos lo citen a clases extras, conferencias u
otras actividades.
23. Ser orientado mediante un proceso
adecuado, en procura del estimulo a sus aciertos y de la corrección de sus
faltas del orden disciplinario, moral, académico y social. (art 26 ley 1098 de
2006)
24. Que se le indique por parte del docente
la bibliografía correspondiente para la realización de los trabajos de consulta
que se le asignen.
25. Ser atendido oportunamente en los
horarios establecidos por parte del
personal administrativo (Secretaría y Tesorería – Pagaduría, biblioteca) en lo referente a la solicitud de
Certificados de estudio, Paz y Salvo, Constancias y matrículas, boletines.
26. Participar y recibir reconocimientos
públicos por actuaciones sobresalientes en actividades académicas, culturales,
deportivas y sociales que sean organizadas por la Institución Educativa.
27. Ser evaluado en su comportamiento en
forma individual, cuando la falta haya sido colectiva.
28. Que se le permita participar en las
reuniones de docentes y padres de familia, a través de su representante cuando
las circunstancias así lo ameriten.
29. Expedírsele el carnet estudiantil en los primeros 15 días del mes de marzo del año lectivo.
30. Ser escuchado en sus reclamos siempre y
cuando lo haga en forma respetuosa y siguiendo el conducto regular.
31. Hacer buen uso de los bienes de la
Institución Educativa, para su proceso de aprendizaje en los horarios
establecidos y de acuerdo con los reglamentos que para el efecto acuerde el
Consejo Directivo.
32. Que se le permita presentar los
trabajos académicos, asignados durante su ausencia, siempre y cuando medie
justificación escrita, máximo 10 días hábiles durante el periodo académico.
33. Recibir en forma personal de cada
docente y en la respectiva clase las evaluaciones y trabajos debidamente
calificados dentro de los 10 días
hábiles posteriores a la evaluación.
34. A ser evaluado integralmente,
permitiendo la autoevaluación, coevaluación, heteroevaluación.
35. Ser promovido anticipadamente en caso
de superación excelente en logros (Decretos 1290 de 2009) luego de ser
analizado el caso por el Comité de evaluación y promoción.
36. Participar en todos los programas de
bienestar social, que ofrezca la Institución de acuerdo a las disposiciones establecidas.
37. Se le respete el debido proceso y ser
sancionado de acuerdo con las normas existentes.
38. Recibir oportunamente las actividades
de acompañamiento para superación de dificultades en las fechas estipuladas.
39. Representar a la institución en diferentes
eventos Municipales, Departamentales y
Nacionales previa certificación de buen comportamiento, previa autorización de
la SED de Huila.
40. Utilizar el celular en forma
responsable. (mejorar
redacción)
41. Derecho salidas pedagógicas.
42. Ser orientados en el ejercicio
responsable de los derechos sexuales y reproductivos en su relación de pareja.
43. Utilizar la cachucha durante la clase
de educación física.
44. Ser informados sobre los efectos nocivos
del uso y consumo de sustancias sico-activas legales e ilegales.
45. A ser protegidos en la salud y a
recibir una alimentación saludable y nutritiva
(ofrecida en las tiendas escolares).
46. Los niños, niñas y adolecentes con NEE,
además de los derechos consagrados en la constitución política y en los
tratados y convenios internacionales tendrán derecho al respeto por la
diferencia en condiciones de igualdad con las demás personas, que les permitan
desarrollar al máximo sus potencialidades y su participación activa en la
comunidad.(Art.36 ley 1098 de 2006) (31 de mayo de 2012)
PARÁGRAFO
1.
La justificación de la Inasistencia a clase,
debe ser presentada por el padre de familia o acudiente en la Coordinación para
su legalización, el mismo día o por fuerza mayor dentro de los 3 días
siguientes a la ocurrencia del hecho que
ocasiono la ausencia del educando. Inmediatamente éste regrese al plantel, acordará con el
docente la fecha y la forma de presentación de los trabajos y evaluaciones
académicas realizados durante su ausencia.
PARAGRAFO 2.
Los niños,
niñas y adolecentes NEE, que pertenezcan a
grupos étnicos o en estado de vulnerabilidad tendrán los mismos derechos
anteriores además de prelación en lo referente a desayunos, almuerzos y/o auxilios enviados por
el gobierno Nacional.
Articulo 28. DEBERES
Deber: aquello a que está
obligado el hombre por la ley divina, natural o humana / obligación que afecta
a cada persona de actuar según los principios de la moral, la autoridad o su
propia conciencia.
Deberes. Son deberes de los estudiantes:
1. Hacer
buen uso de sus derechos.
2.
Firmar la matricula según las normas
establecidas.
3.
Conocer, interiorizar y llevar
a la práctica la Filosofía Institucional.
4.
Conocer, analizar y participar en la evaluación,
diseño y modificación de las Normas de Convivencia y el P.E.I.
5.
Aprovechar el tiempo del descanso para
la sana recreación en el patio de juego y abstenerse de permanecer en las aulas de clase, sala de profesores,
sala de vídeo, sala de cómputo, aula múltiple y pasillos de acceso a los
salones.
6.
Asistir puntualmente a la jornada de clase y a las demás
actividades que realiza la Institución Educativa, dentro o fuera de ella.
7.
Traer a clases
los materiales necesarios, presentar oportunamente trabajos y
evaluaciones indispensables para el alcance de los desempeños de cada área.
8.
Procurar un buen nivel
académico y disciplinario en todas las asignaturas.
9.
Elegir a sus representantes al
Gobierno Escolar, Consejo de Estudiantes y demás organismos de Representación
Estudiantil que se organicen.
10. Velar por la conservación y
buen uso de la Planta Física y demás bienes de la Institución Educativa.
11. Responder por los daños
causados a la Planta Física y demás bienes de la Institución Educativa y de sus
compañeros cuando fuese declarado responsable en proceso disciplinario.
12. Dar a conocer oportunamente a los padres de familia o al acudiente:
Ø Rendimiento académico
Ø Comportamiento disciplinario
Ø Informes y citaciones realizadas por: Rectoría, Coordinadores,
Orientación escolar, Docentes, Consejo Directivo.
Ø El plan de estudios.
Ø El manual de convivencia
13. Participar con sentido de pertenencia en los actos cívicos, culturales y recreativos que programe la
Institución Educativa dentro y fuera de ella (art.15 ley 1098/2006).
14. Asistir a las actividades programadas por la institución con el
uniforme completo y apropiado, según la ocasión.
15. Ingresar y salir del salón de clases en los horarios indicados.
16. Cumplir el Reglamento Interno de las dependencias de la Institución
Educativa (biblioteca y aulas especializadas).
17. Asumir la sexualidad responsablemente, manifestada en actitudes de
respeto consigo mismo y con la Comunidad Educativa de acuerdo a la ley……..
18. Colaborar y adoptar un comportamiento adecuado, en el desarrollo de
las clases y demás actividades que se ejecuten en la Institución Educativa y
fuera de ella.
19. Respetar y dar un trato adecuado, humano y justo a compañeros,
docentes, padres de familia, rector (a), coordinador(a) y personal administrativo y orientador
estudiantil.
20. Cumplir las reglas de salud pública, que preserven el bienestar de
la Comunidad Educativa, (el aseo e higiene personal, mantener limpios los sitios
de trabajo escolar y la prohibición del consumo de sustancias psicoactivas)
21. Asistir a las actividades curriculares ordinarias y complementarias
(asesorías, clases, ensayos, deportivas, culturales, entre otras).
22. Participar en actividades
que exalten el prestigio y el buen nombre de la Institución Educativa, como la
formación de grupos cívicos, científicos, culturales y deportivos que representen a la institución.
23. Respetar y cuidar los escritos que a nivel de participación se
hagan en carteleras, periódico mural, avisos, afiches, y otros.
24. Asumir los acuerdos y compromisos firmados en el observador del
alumno.
25. Los alumnos con incapacidad médica para ejercer la práctica de
educación física, deberán presentarla al profesor del área y al director de
grupo, para acordar trabajos de nivelación (según SIEE).
26. Respetar e interpretar los Símbolos Patrios Nacionales, Departamentales,
Municipales e Institucionales.
27. Presentarse a la Institución Educativa, en pleno uso de sus
facultades, que le permita el desarrollo normal de sus funciones como
estudiante.
28. Portar correctamente los uniformes establecidos por la Institución.
29. Abstenerse de utilizar accesorios ajenos al uniforme (piercing,
aretes, collares, manillas, maquillaje y otros)
30. Salir del salón en el período de descanso y permanecer en el patio
de la Institución, salvo requerimientos excepcionales, alejado de la portería,
sala de profesores y zona vehicular.
31. Aprobar todos los desempeños programados y desarrollados en cada
una de las áreas o asignaturas.
32. Permanecer en la Institución durante la jornada y en caso de tener
que ausentarse solicitar permiso a la
coordinación, siempre y cuando el padre de familia lo justifique por escrito.
33. Presentar proyectos, sugerencias e iniciativas a través del Consejo
Estudiantil para el mejoramiento de la Institución Educativa.
34. Ubicar los vehículos de transporte (bicicletas y motos) únicamente
en el parqueadero con su respectiva
seguridad (candado, cadena)
35. Cuidar sus pertenencias para que no se dañen o no se pierdan y
causen traumatismos en el normal desarrollo de clase y devolver los objetos
encontrados.
36. Estar a Paz y Salvo con la Institución Educativa, por todo concepto.
37. Los alumnos de décimo y undécimo grado deben desarrollar
obligatoriamente el proyecto de servicio social estudiantil.
38. En caso de la inasistencia justificada del alumno deberá presentar
lo realizado ese día en un lapso no mayor de cinco días hábiles, previa
autorización del Coordinador.
39. En caso de ausencia, enviar excusa firmada por el padre o
acudiente.
40. Conservar y recuperar
el medio ambiente que les rodea.
41. Presentar un excelente comportamiento a la hora de recibir los
beneficios del Restaurante Escolar.
42. Preservar su integridad física y moral, evitando acciones que
atenten contra su vida, su conducta y la de los demás.
Artículo 29. Acciones y actitudes de incumplimiento a las Normas de Convivencia Social.
1. Las manifestaciones amorosas exageradas, que atenten contra la moral y
las buenas costumbres.
2. Portar armas, elementos incendiarios u otras que puedan poner en peligro
la integridad física de las personas o bienes de la Institución.
3. Esconder o utilizar sin previo consentimiento los útiles escolares u
otros elementos de los miembros de la comunidad educativa.
4. Ejecutar o inducir a otras personas a cometer actos de violencia,
deshonestidad, perversión, toxicomanía, consumo de sustancias sicoactivas, y vandalismo dentro de la Institución.
5. Agredir de palabra o hecho a cualquier miembro de la comunidad dentro o fuera de Institución Educativa.
6. Realizar encerramientos con candados y cadenas en las sedes educativas
7. Sustraer o alterar el observador del alumno sin la autorización de un docente.
8. Ingresar o salir del plantel o aulas de clase a través de los muros, mallas,
techos, rejas, ventanas o puertas sin autorización.
9.
Destrucción de cerraduras, muebles u otros elementos y bienes de la
Institución Educativa, o de
cualquier miembro de la comunidad.
10. La practica del matoneo, soborno, hurto, extorsión, chantaje,
boleteo o estafa a
cualquier miembro de la comunidad
11. Ausentarse del plantel sin
autorización del
coordinador,o de las aulas de clase, sin
autorización del docente a cargo (evasión de clase)
12. Sustracción, falsificación, alteración o destrucción de documentos y elementos de la
Institución Educativa.
13.borrado
14.Promover
o participar en acciones o en actos públicos
o privados, en los cuales se comprometa el buen nombre de la Institución
Educativa.
15.
Escribir pasquines, pintar figuras obscenas o anotar leyendas denigrantes en los tableros, volantes, muros, enseres y
demás sitios dentro o fuera de la Institución Educativa.
16.
Cambiar o adulterar los distintivos de identificación de los elementos de
propiedad de la Institución Educativa tales como libros, escritorios, asientos
pupitres, aparatos equipos y otros.
17.
Hablar mal de la Institución Educativa, referirse despectivamente a ella,
obstaculizar o demeritar los proyectos que la Comunidad Educativa haya aprobado
o realizado.
18.
Cometer fraude en las evaluaciones, trabajos de investigación o de consulta y
otros.
19.
Eliminado
20.
Promover y realizar ventas, rifas, sorteos y apuestas para obtener ganancias
personales o la realización de
actividades ajenas a la Institución Educativa, sin la correspondiente
autorización del Consejo Directivo.
21.
Traer y utilizar juegos de azar.
22.
Utilizar elementos distractores como: cocas, yoyos, trompos, revistas, canicas,
radio, celulares, artefactos electrónicos,
durante las horas de clase en los pasillos y eventos culturales,
23.
Promover o protagonizar desordenes que
atenten contra el normal desarrollo de las actividades de la Institución
Educativa.
24.
Menospreciar y contrariar la formación integral que pretende la Institución a través
de conductas, comportamientos, escritos, cuadernos o panfletos que denigren de
la cultura y de la persona.
25.
El encubrimiento de cualquier falta.
26.
Malversar los fondos estudiantiles.
27.
Practicar o invitar a la práctica de actividades satánicas, esotéricas, pandillas juveniles, o delictivas y de todas aquellas que perjudique a las personas.
28.
Suministrar informaciones falsas a los compañeros y demás miembros de la
Comunidad Educativa.
29.
No asistir y/o negarse a presentar evaluaciones o recuperaciones sin justa
causa.
30.
Permanecer en la tienda escolar en horas de clase.
Hasta aquí 16 agosto 2012
Articulo 30. ESTÍMULOS
Son los reconocimientos que la Institución Educativa otorga a los
estudiantes, que se distingan en aspectos de comportamiento social, rendimiento
académico, compañerismo, colaboración, participación, espíritu de liderazgo, sentido de pertenecía o
que sobresalgan en certámenes culturales, deportivos y científicos. Estos reconocimientos son:
1.
Mención honorífica por buen comportamiento, convivencia,
rendimiento escolar, colaboración, compañerismo, espíritu deportivo y artístico,
habilidades en el campo de la ciencia y al bachiller que obtenga mayor puntaje
en las Pruebas Saber.
2. Cuadro de honor para resaltar en cada periodo del año lectivo, los
estudiantes que ocupen el primer puesto por su desarrollo integral.
3. Izar el Pabellón Nacional: Aquellos estudiantes que cumplan con el
objetivo de cada conmemoración.
4. Exposición y publicación de los mejores trabajos que hayan cumplido
parámetros de creatividad, esfuerzo personal e investigación; en periódicos,
carteleras y sitios visibles en la Institución Educativa.
5. Ejercer el cargo de monitor(a) del curso si demuestra habilidades y
destrezas en cualquiera de las áreas.
6.
Apoyo económico para la participación de los estudiantes
en eventos culturales, deportivos, científicos y otros que representen la
Institución Educativa.
7.
Hacer parte de los equipos deportivos y de la Banda de Paz, grupos de danzas, teatro y mimos conformados por la Institución, siempre
y cuando demuestren buen rendimiento escolar y reúnan los requisitos exigidos para
pertenecer al grupo.
8. Un día recreativo: al finalizar cada período se dará una
convivencia o día recreativo al grado de
mejor rendimiento académico y disciplinario.
( según Acuerdo Consejo Directivo Acta No ) Pendiente el encargado
9. Medalla Reina: se otorga al bachiller que se haya destacado
académica y disciplinariamente durante
preescolar, primaria y secundaria.
10. Ser destacado como estudiante íntegro semestralmente.
11. Izar el pabellón Nacional aquellos estudiantes que tenga en cuenta el
espíritu de superación de niños, niña y adolecente con NEE.
PARÁGRAFO 1.
En
el Observador del Estudiante los docentes o directivos docentes registraran los
reconocimientos de los aspectos positivos, en su desempeño escolar.
Todo reconocimiento debe ser avalado mediante
resolución emanada de rectoría y adjuntarse a la carpeta del estudiante.
Hasta
aquí 19 sept 2012
CAPÍTULO VI
DE LA ASISTENCIA, COMPORTAMIENTO, FALTAS, CORRECTIVOS, RECURSOS DE REPOSICIÓN Y APELACIÓN, PROCEDIMIENTO ABREVIADO, SANCIONES, CONDUCTO ESCOLAR.
Artículo 31. ASISTENCIA. La
asistencia a clase es obligatoria en todas las asignaturas o áreas y
actividades que programe la Institución Educativa. El control de asistencia
será llevado en cada clase y se registrará en el diario de asistencia de cada docente.
Artículo 32. DEFINICIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS FALTAS. Las
pautas de convivencia, son un conjunto de acciones y orientaciones generales
que regulan el comportamiento armónico entre los miembros de la comunidad
educativa, las cuales estarán sujetas al cumplimiento de los deberes, derechos,
prohibiciones y al reconocimiento de estímulos, previo registro en el
Observador por el profesor del área, director de grado, coordinador o rector(a)
ARTÍCULO 33.
CRITERIOS DE LAS FALTAS. Las faltas en que incurran los
estudiantes, se calificarán como leves o graves de conformidad con los siguientes criterios:
FALTAS
LEVES: Se considera faltas leves, la
infracción a los deberes y todo aquello que a juicio de la Institución
menoscabe los derechos de otra persona.
Son faltas leves:
1. Llegar tarde a la Institución Educativa.
2. Llegar a la Institución Educativa, luciendo indebidamente el
uniforme, con maquillaje o accesorios.
3. Traer a la Institución Educativa, elementos no necesarios y que
perturben el desarrollo de las actividades programadas (radios, celulares, speakers y similares)
4. Promover, participar o encubrir actos de indisciplina durante el
desarrollo de las clases o en las diferentes actividades organizadas dentro o
fuera de la institución.
5. Permanecer en el aula de clase, durante el período de descanso.
6. Ingerir comestibles, bebidas y
masticar chicles en las clases y en las diferentes actividades.
7. Retirar de los salones de clase pupitres asignados a cada estudiante y
el escritorio del docente.
8. Traer objetos, folletos o revistas pornográficas.
9. Vender productos y servicios sin autorización.
10. Permanecer en la tienda escolar en horas de clase.
11. Practicar juegos de azar.
12. Retener o no entregar oportunamente los comunicados que envíe la
Institución Educativa a sus padres o acudiente.
13. La no asistencia sin justificación.
14. Incumplir con sus deberes e irrespetar los derechos de los demás.
15. Transitar por los pasillos, dependencias y otros lugares de la
Institución en horas de clase, sin justificación alguna.
16. Llamar a las personas por sobrenombres.
17. Uso de cachuchas, gorras y pañoletas, en clases diferentes a educación
física.
18. Daños a la naturaleza (jardines, animales, árboles, etc.)
19. Daños a bienes y enseres de la Institución y demás
miembros de la Comunidad Educativa.
b. FALTAS GRAVES: Es falta grave, toda
reincidencia en la infracción
de los deberes, sin atender las medidas correctivas impuestas, así como
todas las acciones que atenten contra la integridad física, moral e intelectual
de los miembros de la comunidad en general.
Son faltas graves:
1. Acumulación de 5 faltas leves generales.
2. La reincidencia de la misma falta leve durante 3 oportunidades.
3. Portar, usar, consumir,
suministrar o expender cigarrillos,
sustancias sicoactivas, armas de fuego, objetos cortopunzantes y bebidas alcohólicas dentro
de la Institución
Educativa. (Decreto 1108 del 31 de mayo de 1994 plantea exclusión de la Institución)
4. Observar mal comportamiento en las diferentes actividades que realice la
Institución Educativa.
5. Inasistencia colectiva en forma deliberada.
6. Escribir graffitis o letreros en las paredes, pupitres, baños y demás dependencias de la Institución Educativa.
7. El incumplimiento reiterado de sus obligaciones académicas y en el proceso
de nivelación de desempeños.
8. Portar el uniforme en establecimientos públicos como bares, cantinas,
tabernas, discotecas entre otros.
9. Propiciar o participar en
escándalos callejeros portando el uniforme.
10. Cualquier tipo de transacción
comercial al interior de la Institución Educativa.
11. Presentar comportamientos exhibicionistas dentro o fuera de
Institución Educativa.
12. Exageración en las manifestaciones y expresiones amorosas.
13. Intimidar a miembros de la comunidad educativa para cubrir una falta
o dejarse intimidar asumiendo la responsabilidad para encubrir a terceros.
14. Utilizar el nombre de la Institución para beneficios como estudiante,
sin la previa autorización del Consejo Directivo.
15.La agresión o amenaza de palabra u otro a directivos, profesores
estudiantes o demás personal.
16.Ejercer soborno, chantaje, amenazar, irrespetar, calumniar,
estafar o difamar a cualquier
persona de la Comunidad Educativa, o que se encuentre de visita en la
Institución.
17.La destrucción de los bienes de toda la Comunidad Educativa.
18.La sustracción, adulteración, falsificación o destrucción de
documentos oficiales.
19. Comportarse indebidamente en actos públicos, privados o fuera de la
Institución Educativa.
20. Cometer plagio, suplantación
o cualquier tipo de fraude.
21. Entrar o salir del plantel
por sitios no indicados (muros, ventana, tapias, etc.)
22. Impedir con su
comportamiento, el normal desarrollo del proceso educativo de sus
compañeros o de las actividades de la
Institución.
23. Escribir pasquines, pintar
figuras obscenas, leyendas denigrantes dentro o fuera de la Institución.
24. Encubrir a otros en la
comisión de faltas.
25. Usar el carné estudiantil en
actos innobles, destructivos o delictivos.
26. El vocabulario soez y/o los
gestos y actos obscenos.
27. Realizar actos de vandalismo
y formación de pandillas.
28. Ausentarse de las aulas durante las horas de clase (evasión), o salir
de la Institución sin permiso durante la jornada académica, sin justificación
alguna.
29.Ser declarado responsable de
robo, estafa o destrucción de las instalaciones, elementos de la Institución o
de los compañeros y de cualquier otra persona de la Comunidad.
30.El fraude en cualquiera de sus
formas, cometido en evaluaciones, trabajos, consultas y documentos, o la
suplantación en ellos.
31.Enmendar, dañar, mutilar o
escribir en los libros de propiedad de la Biblioteca, Docentes o compañeros.
32.Cambiar, sustraer o adulterar
el Registro de Valoración de los Docentes, permiso de Coordinación,
certificados Médicos, firma de padres de familia, acudientes o Docentes; los
dispositivos que identifican los bienes de la Institución, los documentos que
se llevan en cada grado (control de clases, Observador del estudiante, Control
de Asistencia, entre otros) o documentos que presenten para la matrícula.
33. Negarse a firmar sin
justificación alguna, el observador del estudiante cuando lo solicite un
directivo o docentes, por la comisión de una falta.
34. Las prácticas homosexuales,
satánicas, las manifestaciones morbosas, o introducir a la Institución
folletos, revistas o cualquier otro medio de publicidad pornográfica.
35.El encubrimiento a cualquier
falta descriptiva en el presente Artículo.
36.El incumplimiento sistemático
del acta de compromiso por dificultades de comportamiento y/o rendimiento
académico, al renovar la matrícula.
37.Desatender las orientaciones u
órdenes dadas por los directivos, Docentes o cualquier otro miembro de la
comunidad Educativa.
38.Hablar mal de la Institución,
referirse despectivamente u obstaculizar los proyectos o actividades que la
Comunidad Educativa haya aprobado democráticamente.
39.Provocar escándalo de cualquier
índole, que afecte a la Comunidad Educativa y el buen nombre de la Institución
40. Acoso sexual.
41.Tener relaciones sexuales dentro
de la Institución educativa.
42.Entrar a las dependencias sin la
debida autorización.
43.Bajo rendimiento académico o la
reprobación de un grado cualquiera unida al mal comportamiento.
44.Otros comportamientos o faltas
no contempladas en las presentes Normas de Convivencia que a juicio de los
estamentos de la comunidad se consideren graves.
45.La piromanía
46. Realizar encerramientos con
candados y cadenas en los
establecimientos educativos.
Artículo 34. CORRECTIVOS PARA FALTAS LEVES: Todo estudiante de la Institución, se hará acreedor a los siguientes correctivos disciplinarios por incurrir en faltas leves:
1. Diálogo orientado por parte del profesor que tenga a su cargo al
estudiante en el momento de la comisión de la falta, o por quien observe la comisión
de la misma.
2. Diálogo entre estudiante, el
docente y el Director de grado para buscar un cambio
en el estudiante, registrando los resultados en el observador.
3. Comunicación al padre de
familia o acudiente autorizado, con anotación en el observador del estudiante,
registro que debe firmar tanto el estudiante como el padre de familia o
acudiente autorizado.
Artículo 35. CORRECTIVOS PARA FALTAS GRAVES; todo estudiante de la Institución, se hará acreedor a los siguientes correctivos o sanciones de tipo formativo:
1. Realización en tiempo extra o en horas de clase de un trabajo especial
en beneficio de la Institución o en valores, que deberá presentar ante sus
compañeros de grado, de acuerdo a las necesidades del momento y/o suspensión máximo de 3
días de clase.
2. Expulsión definitiva del estudiante de la Institución
Educativa, en caso de que el Consejo Directivo así lo determine con base en el
informe presentado por el Comité de Convivencia en donde se justifique que la
permanencia del mismo constituye riesgo para los demás miembros de la
comunidad.
PARÁGRAFO
1
La Comisión de Convivencia determinará el
trabajo especial que el estudiante sancionado debe realizar.
PARÁGRAFO
2
El estudiante podrá volver a clases cuando haya cumplido
integralmente con lo ordenado.
PARÁGRAFO
3
El Director de Grado reportará al coordinador de
la sede los casos donde las faltas leves se han convertido en faltas graves; el
coordinador convocará la Comisión de Convivencia.
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
ARTÍCULO 36. PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO: Para la investigación de una falta se debe cumplir con el siguiente
proceso:
1. Tipificación y calificación de la falta.
Anotación del posible hecho o falta cometida en el observador del
alumno, por parte del profesor que tenga bajo su responsabilidad al alumno o
por quien observe la comisión de la misma. En los casos en que una falta sea
denunciada por una persona diferente a un profesor, le corresponde a la
Coordinación atenderla y hacer la respectiva anotación.
2. Notificación al estudiante y al padre de familia o acudiente,
de la posible comisión de la falta por parte de la Comisión de
convivencia, director de grupo o el profesor inmediatamente o el día siguiente,
solicitándole que firme como constancia
de la comunicación en el observador del estudiante y el formato de notificación.
En caso de negarse a firmar se registra la respectiva anomalía en el
observador.
3. Escuchar al estudiante en sus descargos inmediatamente o al día siguiente de haber
cometido la falta, dejando constancia firmada por el alumno y por la
coordinación, director de grado o por
quien conoce la falta.
4. Estudio de la falta y análisis de pruebas por parte de la Comisión de
Convivencia.
5. Evaluación de la circunstancia y antecedentes del estudiante.
6.
Prescripción de
culpabilidad o inocencia.
7.
Determinación del
correctivo, sanción o disolución del caso.
8.
Acto Administrativo para
establecer los correctivos y/o sanción
con copia a: alumno, padre de familia o acudiente, al observador y si fuere necesario al Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar o a otra entidad
de la competencia
9.
Consignación del correctivo
o sanción, en el observador del alumno y firma del estudiante
10. Notificación por escrito al padre de familia o acudiente autorizado,
para que se haga presente en el
término de dos (2) días hábiles en la Institución para que se
entere del correctivo o sanción de su hijo(a) o acudido(a) y firme en
constancia la copia de la resolución, si la hubiere y el observador del alumno.
11. Concepto mediante resolución del consejo
Directivo de la Institución.
PARÁGRAFO
1.
Cuando la falta sea leve, el director de grado y el
coordinador estudiaran y determinaran el correctivo; cuando sea grave, la Comisión de Convivencia la estudiará y la asignará
el correctivo o sanción. Con base en el informe de la comisión de Convivencia,
la Rectoría emitirá Resolución o
comunicación escrita del correctivo o sanción. Notificación mediante resolución
o comunicación escrita al estudiante, padre de familia o acudiente, o a la
Comisión de Convivencia y al Consejo Directivo.
PARÁGRAFO
2.
Las faltas y los correctivos de los estudiantes con Necesidades Educativas
Especiales y los niños de preescolar, se manejaran de acuerdo con sus niveles
de desarrollo.
PARÁGRAFO
3.
La Comisión de convivencia.
Estará conformada por:
Ø El Coordinador(a).
Ø El director de grado al cual
pertenezca el alumno a disciplinar.
Ø Un representante de padres del Consejo de Padres
del grado al cual pertenece el alumno
Ø El personero
estudiantil.
Ø Un Psicoorientador escolar
(si lo hay).
PARÁGRAFO
4.
En el caso de que el infractor sea el Personero de
los estudiantes, lo reemplazará en el comité, el Presidente del consejo de
estudiantes.
PARÁGRAFO
5.
Si el padre de familia o acudiente autorizado no se
hace presente durante el plazo requerido, se le solicitara a la Comisaría de
Familia o Personería que lo requiera por
el incumplimiento de sus deberes, según sea el caso.
PARÁGRAFO
6.
En el tratamiento de cualquier falta se debe seguir
el conducto regular, hasta que sea necesario.
PARÁGRAFO
7.
En caso de que el director de grado este
relacionado con la comisión de la falta, será reemplazado por un profesor que
dicte clase en el mismo grado y este será delegado por el coordinador.
ARTÍCULO 37. PLIEGO DE CARGOS: Se le dará a conocer al estudiante por escrito un pliego de cargos cuando la falta lo
amerite:
Ø Exposición de las faltas transgredidas del Manual de Convivencia.
Ø Exposición de los derechos y acciones contempladas
a favor del implicado, tales como: debido proceso y
derecho a presentar pruebas y a controvertir las que hayan alegado. (derecho a
la defensa).
Ø Indicación del término en días hábiles que tendrá el implicado para
responder el pliego de cargos.
Ø Advertencia clara y expresa de no dar respuesta oportuna al pliego de cargos formulado, se indicará como una
conducta confirmatoria de los hechos.
ARTÍCULO
38. ACCIONES CORRECTIVAS Y SANCIONADORAS: fíjese
las siguientes acciones correctivas y sancionadoras para los miembros de la
Comunidad Educativa que incurran en la violación de las normas establecidas en
el presente Manual así:
ARTÍCULO 39. ACCIONES CORRECTIVAS: estas se aplicarán básicamente cuando del resultado de la investigación
en el proceso disciplinario llevado a cabo, se determine la comisión de
faltas calificadas LEVES en las presentes Normas:
Ø Requerimiento verbal: el que se hará por parte de la instancia inicial, que haya abocado
conocimiento del proceso y que
consistirá básicamente en un llamado de atención sobre su comportamiento y debe
quedar registrado en el observador.
Culminará con la firma de la correspondiente diligencia y anotación en
el observador del estudiante y que tendrá carácter de antecedente
disciplinario.
Ø Suscripción de compromisos
por parte del estudiante: Consistirá en la
suscripción de un compromiso individual del estudiante al cual se la haya
comprobado la violación o desconocimiento a los deberes, acciones
y actitudes de incumplimiento descritos en las presentes normas con
respecto a la observación de buen comportamiento o ejecución de una actividad
social dentro o fuera de la Institución.
ARTÍCULO 40. SANCIONES DISCIPLINARIAS: estas se aplicarán únicamente en los casos en que se haya comprobado la violación sistemática y reincidente al régimen de acciones y
actitudes de incumplimiento y cuya falta haya sido calificada como grave.
a. Suscripción de MATRICULA
COMPROMISORIA O EN OBSERVACIÓN por un término no inferior a 3 meses o por
el periodo restante del año lectivo según cumplimiento de compromisos.
b. Suspensión prescrita por el
Consejo de Convivencia de 3 a 5 días fuera de la institución
según la gravedad de la falta.
c. Exclusión definitiva mediante resolución emanada del Consejo Directivo
de la Institución Educativa.
PARÁGRAFO
1.
Recurso
de reposición: Que presenta el inculpado se
interpondrá por escrito, ante la instancia que haya tomado la decisión, dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación.
PARÁGRAFO
2
El
Recurso de Apelación: es la instancia que tiene
el implicado para presentar por escrito, ante la Autoridad Superior
inmediata dentro de los cinco (5) días hábiles a la notificación, en caso que
le fuere negado el Recurso anterior.
ARTÍCULO 41. PROCEDIMIENTO
ABREVIADO PARA FALTAS GRAVES:
Tipificada
y calificada la falta grave, previa
verificación y gravedad de ésta, se eliminará parte del procedimiento y
se procederá a aplicar la medida disciplinaria por parte de la Comisión de
Convivencia, el Rector(a) o el Consejo Directivo de la Institución Educativa.
ARTÍCULO 42. CONDUCTO REGULAR: Es el procedimiento de comunicación sucesivo y ascendente básico para tratar y resolver cualquier
situación problemática que surja de las relaciones de los estamentos de la Institución.
Dicho conducto es:
Ø Estudiantes y profesor conocedor de la falta.
Ø Director(a) de grupo.
Ø Coordinador(a)
Ø Comisión de convivencia.
Ø Rector(a)
Ø Consejo Directivo
ARTÍCULO 43. TRATAMIENTOS DE CASOS ESPECIALES.
a. En el caso de un estudiante menor de edad que trafique o consuma
sustancias que provoquen dependencia, “será sometido a tratamiento
tendiente a su rehabilitación por
iniciativa del juez o del defensor de
familia o de quien tenga su cuidado
personal” (Artículo 234 y 235 Código del Menor).
b. El homosexualismo.
c. El Lesbianismo.
d. Cleptomanía.
e. Niños hiperactivos.
f. Personas con limitaciones, con capacidades o talentos excepcionales.
g. En caso de un estudiante que planee o participe de una acción penal, la
persona que conozca de la conducta deberá informar por escrito
al superior inmediato para que él informe de la actuación, según la edad, a los padres de familia y/o a
las autoridades competentes para que
asuman la acción procesal.
h. Si una estudiante
resultare embarazada, estado que debe ser comprobado a nivel médico, se citará
a ambos padres de familia para analizar y precisar acerca de los cuidados a que
en adelante está expuesta la estudiante, en virtud de su nueva situación, por consiguiente y
teniendo en cuenta la filosofía Institucional y las características de la
población estudiantil (menores de edad), la Institución orientará a los
padres de familia para que asuman por escrito la responsabilidad que la novedad
amerita.
PARÁGRAFO
1.
Para los casos de los estudiantes menores de edad,
se debe notificar a la comisaría de familia.
PARÁGRAFO
2.
Para estudiantes mayores de edad se notificará el
juez de reparto municipal.
CAPÍTULO VII
EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES
CRITERIOS
DE EVALUACION PREESCOLAR
La evaluación en los grados Preescolar
se hará teniendo en cuenta lo ordenado en el art. 10 del Decreto 2247 de 1997 que dice:
En el nivel de educación preescolar no se
reprueban grados ni actividades. Los educandos avanzarán en el proceso
educativo, según sus capacidades y aptitudes personales.
Para
tal efecto, las instituciones educativas diseñarán mecanismos de evaluación
cualitativa cuyo resultado, se expresará en informes descriptivos que les
permitan a los docentes y a los padres de familia, apreciar el avance en la
formación integral del educando, las circunstancias que no favorecen el
desarrollo de procesos y las acciones necesarias para superarlas.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
Se
seguirán los lineamientos establecidos en el SIEE (Sistema Institucional de
Evaluación de Estudiantes) el cual se realizó de acuerdo a lo reglamentado en
el Decreto 1290 de 2009.
CAPÍTULO VIII
DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS Y ACCIONES O ACTITUDES DE INCUMPLIMIENTO DE LOS PADRES O ACUDIENTES
DERECHOS. Los Padres de familia o
acudientes son los representantes legales de los estudiantes y tienen derecho
a:
1. Recibir periódicamente Informes
Académicos y de Convivencia de los Estudiantes.
2. Participar en los eventos
sociales, académicos, culturales, científicos y deportivos que programe la
Institución.
3. Elegir y ser elegidos al Gobierno Escolar.
4. Ser atendidos y escuchados oportunamente cuando lo solicite de manera
cortés y respetuosa.
5. Recibir orientación para guiar a los estudiantes en el proceso escolar y
formativo.
6. Recibir oportunamente y con suficiente anterioridad (dos días de anticipación), las citaciones a
la Institución. (salvo la gravedad de la falta)
7. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI y Manual de
Convivencia.
8. Recibir informes sobre los procesos de orientación, seguimiento y
convivencia de los estudiantes.
9. Conocer oportunamente las investigaciones o sanciones que afecten a su
acudido o a la exclusión definitiva mediante Resolución de la Institución
Educativa.
DEBERES. Los
padres de familia de la Institución Educativa “Roberto Suaza Marquínez” son los
responsables directos de la educación de sus hijos (Art. 7 de la Ley 115), por
ende deben colaborar con la Institución en el desarrollo del proceso de
aprendizaje y formación integral de los estudiantes.
1. Diligenciar personalmente la matrícula en las fechas fijadas por la Institución.
2. Proveer de útiles escolares
necesarios para el desarrollo de las actividades escolares y propiciar
en casa un ambiente sano de estudio.
3. Brindar protección material, física y afectiva en un ambiente de
convivencia.
4. Ejercitar en el interior de la familia
los valores éticos y morales para la formación integral.
5. Informar personal y oportunamente a la Institución las causas de
inasistencia de sus hijos(as) y/o acudidos.
6. Concurrir puntualmente a todas las convocatorias establecidas por la
Institución.
7. Participar activamente en la elaboración, ejecución y evaluación del
Proyecto Educativo Institucional (PEI).
8. Responder por los daños, destrozos o pérdidas que causen sus hijos o
acudidos a las instalaciones de la institución, implementos de servicios o
mantenimiento a los útiles, enseres y propiedades de sus compañeros.
9. Participar activamente en la Asociación de Padres de Familia y Consejo
de Padres de la Institución. (Artículo 30 y 31 del Decreto 1860 de 1994)
10. Acatar y respetar los parámetros
académicos y prácticos establecidos por
el Consejo Académico de la Institución.
11. Conocer los deberes, derechos y
estímulos de los estudiantes.
12. Realizar con debido respeto
cualquier reclamo ante la instancia
respectiva o citaciones hechas por la Institución.
13. Seguir el conducto regular para
cualquier reclamo o sugerencia relacionada con su hijo(a) y/o acudido.
14. Identificar y comprometerse con
la Filosofía, Misión, Visión y Objetivos Institucionales
15. Velar por la adecuada prestación
del Servicio Educativo.
16. Informar el cambio de domicilio a
la Institución para actualizar la
información del estudiante.
17. Comprometerse en campañas que
conduzcan a la vivencia ecológica dentro y fuera de la institución.
18. Utilizar adecuadamente los
sanitarios, orinales, lavamanos y demás evitando el desperdicio de agua, el
desaseo, el taponamiento de desagües y tuberías.
19. Acatar, respetar y hacer que se
cumplan todas las normas establecidas en este manual.
PARÁGRAFO
1.
La asistencia o inasistencia de los padres de familia o acudiente a reunión citada por directivos, orientador,
director de curso queda consignada en el observador del estudiante.
PARÁGRAFO
2.
Cuando los padres de familia o acudientes dejen de
asistir a las convocatorias que realice la Institución, esta negligencia será
comunicada al personero municipal, al I.C.B.F. o a las entidades competentes
por parte de la Coordinación, después de 3 días hábiles.
ESTÍMULOS. Son estímulos a los padres de familia y/o acudientes:
1. Participar y/o representar a la Institución en eventos de carácter
deportivo, cultural, científico, cívico, comunitario y otros.
2. Ser miembro de la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia.
3. Ser miembro del Consejo de Padres.
4. Ser miembro del Consejo Directivo.
5. Recibir honor a Méritos Especiales (colaboración, presentación de
propuestas y proyectos de beneficio comunitario).
6. En las ceremonias de Graduación exaltar su participación en las Organizaciones del Gobierno Escolar.
7. Ser invitados a participar en talleres de capacitación.
8. Participar en la Comisión de Promoción y Evaluación
ACCIONES O ACTITUDES
DE INCUMPLIMIENTO.
1. Tratar descortésmente y/o con vulgaridad a directivos, profesores, empleados, estudiantes
y padres de familia.
2. Hablar mal de la Institución, referirse despectivamente a ella u
obstaculizar los proyectos que la Comunidad Educativa haya aprobado.
3. El incumplimiento de acuerdos y compromisos concertados con la Comunidad
educativa.
4. Amenazar o agredir de palabra o
acción a cualquier directivo, profesor, administrativo, o estudiante
dentro o fuera de la Institución.
CRITERIOS PARA LA SOLICITUD DE PERMISOS POR
PARTE DE LOS DOCENTES, DIRECTIVOS DOCENTES Y ADMINISTRATIVOS
1. En
la Institución Educativa Roberto Suaza Marquínez los permisos se deben
solicitar tres días antes a la fecha de los mismos.
2. Los
permisos por un día completo y hasta por tres días completos, son autorizados
únicamente por el rector.
3. Toda
solicitud de permiso debe ser motivada claramente.
4.
La solicitud de permiso no
implica necesariamente su autorización. Las únicas excusas posteriores a la
ausencia, que son válidas, son las incapacidades médicas y
calamidades domesticas.
26 de noviembre de 2012
C
O M U N I Q U E S E Y C U M
P L A S E
Dado en El Hobo Huila, a los
26 días del mes de noviembre de
2012.
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