ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR: el Gobierno
Escolar de la Institución Educativa Roberto Suaza Marquínez está constituido por los siguientes órganos:
1.
El
Consejo Directivo: como instancia directiva, de participación de la comunidad
educativa y de orientación académica y
administrativa de la institución.
2.
EL
Consejo Académico: como instancia superior para participar en la orientación
pedagógica de la institución.
3.
El
Rector(a): como representante de la institución ante las autoridades
educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.
INTEGRACIÓN DEL
CONSEJO DIRECTIVO: el
Consejo Directivo de los establecimientos educativos estatales estará integrado por:
Ø
Rector(a),
quien
lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente
cuando lo considere conveniente.
Ø
Dos
representantes del personal docente, elegidos por mayoría de votantes en
asamblea de docentes.
Ø
Dos
representantes de los padres de familia, elegidos por el Consejo de Padres y la
Asociación de Padres de Familia.
Ø
Un
representante de los estudiantes, elegido por el Consejo Estudiantil, entre los
alumnos que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la Institución.
Ø
Un
representante de los egresados, elegido por el Consejo Directivo, de
ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o
en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes.
Ø
Un
representante de los sectores productivos, elegido por el
Consejo Directivo de candidatos propuestos.
PARÁGRAFO 1º.
Los
administrativos escolares podrán
participar en las deliberaciones del Consejo Directivo con voz pero sin voto,
cuando éste les formule invitación, a
solicitud de cualquiera de sus miembros.
PARÁGRAFO
2º:
Dentro de los primeros sesenta días calendario siguientes al de la
iniciación de clases de cada periodo
lectivo anual, deberá quedar
integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones.
Con tal fin el rector(a) convocará con la debida anticipación a los diferentes
estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.CONSEJO ACADÉMICO.
Está integrado por el Rector(a) quien lo preside,
los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de
estudios.
Cumplirá las siguientes
funciones:
a.
Servir de órgano consultor del Consejo
Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
b.
Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las
modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Decreto.
c.
Organizar el Plan de Estudios y
orientar su ejecución.
d.
Participar en la Evaluación
Institucional anual.
e.
Integrar el Consejo de Docentes para la
evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción,
asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
f.
Recibir, analizar y decidir en última
instancia las solicitudes sobre evaluación.
g.
Recibir,
analizar y decidir las solicitudes de los alumnos o padres de familia sobre lo
académico.
Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.
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